VEGAP va a interponer de manera inmediata un Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona contra la sentencia del Juzgado Mercantil 9 que prima los intereses publicitarios de una empresa multinacional frente a los derechos de autor sobre unas obras de Joan Miró, de Antoni Tàpies y de Miquel Barceló, al considerar como uso honrado y de interés social, la realización de una campaña publicitaria de la marca MANGO y de su nuevo establecimiento en Nueva York.
Esta campaña publicitaria se ha realizado mediante la difusión de las obras en todo tipo de medios, incluidos los digitales y su explotación en el metaverso; así como la previa transformación y la alteración de estas obras sin el conocimiento ni autorización de los titulares.
La sentencia judicial contraviene la Ley de Propiedad Intelectual invocando figuras jurídicas norteamericanas que no son aceptadas ni en el derecho de la Unión Europea ni en el derecho español. La Ley no ampara el parasitismo, ni el aprovechamiento ilícito del esfuerzo ajeno.
La ausencia de una sana interpretación de las normas jurídicas no puede consagrar ni el abuso de Derecho , ni el fraude de Ley, que están prohibidos por nuestro ordenamiento jurídico.
La sentencia judicial contraviene la Ley de Propiedad Intelectual invocando figuras jurídicas norteamericanas que no son aceptadas ni en el derecho de la Unión Europea ni en el derecho español. La Ley no ampara el parasitismo, ni el aprovechamiento ilícito del esfuerzo ajeno.
La ausencia de una sana interpretación de las normas jurídicas no puede consagrar ni el abuso de Derecho , ni el fraude de Ley, que están prohibidos por nuestro ordenamiento jurídico.
La tutela judicial solicitada por VEGAP no ha sido atendida pese al atropello sufrido por los titulares en sus derechos morales y patrimoniales.
VEGAP, que fue creada hace 34 años por los artistas visuales para proteger sus derechos de autor en España y fuera de España, no tiene otra alternativa que recurrir esta sentencia. Es necesario para restablecer la protección legal, no solo de los artistas afectados, sino también de todos los demás. Es preciso proteger a los artistas del abuso de Derecho.
VEGAP debe obtener la tutela judicial efectiva que garantiza el artículo 24 de la Constitución para todos los artistas visuales contemporáneos.
VEGAP, que fue creada hace 34 años por los artistas visuales para proteger sus derechos de autor en España y fuera de España, no tiene otra alternativa que recurrir esta sentencia. Es necesario para restablecer la protección legal, no solo de los artistas afectados, sino también de todos los demás. Es preciso proteger a los artistas del abuso de Derecho.
VEGAP debe obtener la tutela judicial efectiva que garantiza el artículo 24 de la Constitución para todos los artistas visuales contemporáneos.