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La propiedad intelectual protege las creaciones de artistas visuales en una serie de derechos, éstos corresponden a los autores sobre sus obras por el mero hecho de crearlas.
Son los derechos que los creadores tienen sobre sus obras
¿Qué obras de la creación visual protegen los derechos de autor?
Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro comprendiéndose entre ellas. Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas graficas, tebeos o comics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas, sean o no aplicadas, así como las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía.
¿Cuánto duran los derechos patrimoniales?
Los derechos patrimoniales tienen un plazo de protección de 70 años después de la muerte. En virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria 4º los autores que han fallecido antes del 7 de diciembre 1987 tienen un plazo de protección de 80 años.
El plazo de protección se computará desde el día 1 de Enero del año siguiente al de la muerte o declaración de fallecimiento del autor.
Los derechos de autor permiten a los artistas decidir cómo se utilizan sus obras y recibir una compensación. Accede para conocer detalladamente la información de cada derecho.
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