Tarifas

Derecho exclusivo de reproducción, distribución y puesta a disposición

Las tarifas que se recogen en el presente capítulo se establecen para el cálculo de la remuneración para la reproducción reprográfica y distribución de las obras de los autores del repertorio de VEGAP, incorporadas en libros y demás publicaciones, que se realizan en establecimientos reprográficos y en bibliotecas.
Para el cálculo de la remuneración relativa a la reproducción reprográfica y distribución de las obras de los autores del repertorio de VEGAP por parte de un establecimiento reprográfico o una biblioteca, se ha establecido únicamente una tarifa de uso por disponibilidad promediada, ya no es posible fijar una tarifa de uso efectivo por la dificultad y coste para verificar la información precisa en la determinación del grado de uso efectivo del repertorio de la Entidad.

Promotor Cultural
Las tarifas que se recogen en el presente apartado se establecen para el cálculo de la remuneración conjunta de los derechos exclusivos de reproducción y de puesta a disposición del público para su descarga, de las obras de los autores de la creación visual del repertorio de VEGAP a través de aplicaciones para dispositivos móviles por parte de promotores culturales.
La remuneración relativa a las referidas modalidades de explotación podrá ser calculada atendiendo a dos tipos tarifarios alternativos, cuya elección queda a voluntad del usuario: tarifas por uso efectivo y tarifas de uso por disponibilidad promediada.

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