Tarifas

Derecho exclusivo de reproducción, comunicación pública y puesta a  disposición del publico


Tarifas
El operador de televisión deberá satisfacer a VEGAP la cantidad correspondiente a la aplicación de cualquiera de las tarifas, que se definen más adelante.
La cuantía podrá ser calculada atendiendo a tres alternativas tarifarias distintas, cuya elección queda a voluntad del usuario: Tarifa de uso efectivo, Tarifa de uso por disponibilidad promediada y Tarifa de uso puntual.
Se entienden por ingresos brutos de explotación, a efectos de la aplicación de las dos primeras tarifas, los ingresos obtenidos por el operador de televisión relativos a la actividad económica y modalidades de explotación descritas en el anterior apartado, incluidos, a título de ejemplo, los ingresos por publicidad, subvenciones o cuotas por abonados.

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