¿Cuáles son mis derechos?

Derecho de Distribución (artículo 19)

Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o de las copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamos o de cualquier otra forma. Se entiende por alquiler la puesta a disposición de los originales y copias de una obra para su uso por tiempo limitado y, con un beneficio económico, directo o indirecto.

La distribución implica necesariamente la incorporación de la obra a un soporte físico que permita su comercialización pública.

El derecho de distribución se agota con la primera venta dentro de la Unión Europea.

En compensación al agotamiento del derecho de distribución nacen dos derechos remuneratorios:

  • El derecho de participación (artículo 24 LPI)
  • El derecho de préstamo (artículo 37.2 LPI)
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